Justicia Global: Voces desde el Derecho Internacional


Blog académico sobre Derecho Internacional, con énfasis en Derechos Humanos, conflictos armados y desafíos jurídicos contemporáneos. Incluye disertaciones, ponencias, publicaciones colaborativas y análisis temáticos para fomentar el pensamiento crítico y el compromiso ético.


Voces del Derecho Internacional: Reflexiones desde la práctica

En este episodio comparto una disertación sobre los principios fundamentales del Derecho Internacional Humanitario, su aplicación en contextos de conflicto armado y los retos éticos que enfrentamos como comunidad global. ¡Escúchalo y acompáñame en este recorrido reflexivo!

🔗 Enlace al podcast: https://drive.google.com/file/d/19k-WPUzmmHrV2AeFo8_g2ZwDW5o706Jj/view?usp=drive_link


Ponencia audiovisual: Los derechos de los refugiados: dignidad en movimiento.

Las personas refugiadas enfrentan múltiples vulneraciones de derechos. Esta ponencia aborda los instrumentos jurídicos que garantizan su protección y los desafíos que persisten en su aplicación.

 La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967 establecen el principio de no devolución (non-refoulement), que prohíbe retornar a una persona a un país donde su vida o libertad estén en peligro (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados [ACNUR], 2020).

Se analiza también la Ley Orgánica sobre Refugiados y Asilados en Venezuela (Gaceta Oficial N.º 37.296, 2001), que incorpora estándares internacionales y reconoce el derecho al refugio como parte de los derechos humanos. ¡Te invito a visualizar esta ponencia y reflexionar sobre la urgencia de garantizar la dignidad humana en todo momento!



🔗Enlace video: https://drive.google.com/file/d/1buHvtnK6hCxUttWUKn_a7gnagec84mzb/view?usp=drive_link


 Publicación en la wiki colaborativa

 “IA en conflictos armados: Aportes colaborativos desde el Derecho Internacional”

 Como parte de la actividad académica de la cuarta unidad, comparto la publicación elaborada en la wiki colaborativa, donde abordamos los desafíos que plantea la inteligencia artificial (IA) en escenarios bélicos y su tratamiento jurídico desde el enfoque del Derecho Internacional Humanitario (DIH). Este trabajo fue construido de manera colectiva, integrando reflexiones éticas, normativas y propuestas de regulación internacional.

Contenido del artículo colaborativo

La publicación examina cómo el uso de sistemas autónomos como drones armados, algoritmos de selección de objetivos y plataformas de vigilancia transforma la naturaleza de los conflictos armados. Se identifican riesgos como:

  • La pérdida de control humano significativo en decisiones letales.

  • La dificultad de atribuir responsabilidad penal internacional.

  • La ausencia de normas específicas en los tratados vigentes del DIH.

Desde el análisis jurídico, se propone la creación de un protocolo adicional al DIH que regule el uso de IA en conflictos armados, garantizando la trazabilidad de decisiones, la transparencia algorítmica y la rendición de cuentas.



🔗 Enlace a la publicación completa

Puedes acceder al artículo completo en la wiki colaborativa aquí: 👉 https://sites.google.com/view/unatrabajo-colaborativo-958

Derecho Internacional Humanitario y conflictos armados

“Humanidad en medio del fuego: el Derecho Internacional Humanitario como límite ético y jurídico”

Introducción 

 El Derecho Internacional Humanitario (DIH) representa uno de los pilares más sólidos del orden jurídico internacional en tiempos de guerra. Su propósito no es evitar los conflictos armados aunque su existencia los condena moralmente sino establecer límites legales y éticos para proteger a quienes no participan directamente en las hostilidades. En un mundo donde las guerras se han vuelto más prolongadas, fragmentadas y tecnológicamente sofisticadas, el DIH se enfrenta al reto de mantenerse vigente y eficaz.

Marco normativo y principios fundamentales 

 El DIH se fundamenta en los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales de 1977, que establecen normas para la protección de civiles, heridos, prisioneros de guerra y personal médico (Comité Internacional de la Cruz Roja [CICR], 2015). Los principios rectores del DIH son:

  • Humanidad: prohibición de sufrimientos innecesarios.

  • Distinción: entre combatientes y civiles.

  • Proporcionalidad: uso de la fuerza limitado al objetivo militar.

  • Necesidad militar: acciones justificadas por objetivos legítimos.

Estos principios no solo guían la conducta de los Estados, sino también de grupos armados no estatales, lo que amplía su alcance en conflictos internos.

Aplicación práctica y desafíos contemporáneos 

 En conflictos como los de Siria, Yemen o Ucrania, se han documentado violaciones sistemáticas al DIH: ataques indiscriminados, uso de armas prohibidas, desplazamientos forzados y ataques a hospitales. La Corte Penal Internacional (CPI), creada por el Estatuto de Roma (1998), tiene competencia para juzgar crímenes de guerra, aunque enfrenta obstáculos como la falta de cooperación de algunos Estados y la politización de sus decisiones (Corte Penal Internacional, 1998).

Además, el uso de tecnologías militares autónomas como drones armados y sistemas de inteligencia artificial plantea nuevos dilemas éticos y jurídicos. ¿Quién es responsable cuando un algoritmo decide sobre la vida o la muerte?

Reflexión crítica 

 El DIH es más que un conjunto de normas: es una expresión de humanidad frente al horror. Su cumplimiento no depende solo de tratados, sino de la voluntad política, la formación ética de los combatientes y la presión de la sociedad civil. En tiempos de guerra, el derecho se convierte en escudo de los más vulnerables.

Referencias (APA 7ª ed.):

  • Comité Internacional de la Cruz Roja. (2015). Derecho Internacional Humanitario: Introducción. https://www.icrc.org/es/document/dih-introduccion
  • Corte Penal Internacional. (1998). Estatuto de Roma. https://www.icc-cpi.in
  • Naciones Unidas. (1949). Convenios de Ginebra. https://www.un.org/es/rights





Publicación disponible en: https://youtu.be/gU88c9nmK1A

Derecho Internacional Ambiental

“El planeta como sujeto de derecho: justicia ecológica en clave internacional”

Introducción

 El Derecho Internacional Ambiental ha emergido como una respuesta jurídica ante la creciente degradación del planeta. En un contexto de crisis climática, pérdida de biodiversidad y contaminación transfronteriza, este campo del derecho busca articular principios, tratados y mecanismos de cooperación para garantizar la sostenibilidad ambiental y la equidad intergeneracional.

Evolución normativa y principios rectores Desde la Declaración de Estocolmo (1972) hasta el Acuerdo de París (2015), el marco jurídico internacional ha evolucionado hacia una visión integral del desarrollo sostenible. Los principios más relevantes son:

Precaución: actuar ante riesgos ambientales incluso sin certeza científica.

Responsabilidad común pero diferenciada: reconocer las capacidades y responsabilidades distintas de los Estados.

Equidad intergeneracional: proteger los recursos para las generaciones futuras.

El Acuerdo de Escazú (2018) refuerza el acceso a la información, la participación pública y la justicia ambiental en América Latina, convirtiéndose en un instrumento clave para la protección de defensores ambientales.

Desafíos y tensiones actuales

 A pesar de los avances normativos, persisten tensiones entre desarrollo económico y protección ambiental. La explotación de recursos naturales, los megaproyectos extractivos y la deforestación masiva generan conflictos socioambientales que ponen en riesgo comunidades enteras.

En Venezuela, la Ley Penal del Ambiente (Gaceta Oficial N.º 5.833, 2006) establece sanciones para delitos ecológicos y reconoce el valor jurídico de los ecosistemas. Sin embargo, su aplicación efectiva requiere voluntad política, fortalecimiento institucional y participación ciudadana.

Reflexión crítica

La justicia ambiental no es solo ecológica: es social, generacional y ética. Proteger el planeta es proteger a las comunidades más vulnerables, a los pueblos indígenas, a los defensores del territorio y a la vida misma como valor jurídico.

Referencias (APA 7ª ed.):

  • Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. (2020). Marco jurídico ambiental internacional. https://www.unep.org
  • Naciones Unidas. (2015). Acuerdo de París. https://unfccc.int
  • Asamblea Nacional. (2006). Ley Penal del Ambiente. Gaceta Oficial N.º 5.833.




Publicación disponible en: https://youtu.be/4TP-0NQPVOs

Derecho Penal Internacional

Título: “Crímenes sin fronteras: el derecho como memoria, reparación y prevención”

Introducción El Derecho Penal Internacional se ocupa de los crímenes más graves que afectan a la humanidad: genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y agresión. Su objetivo no es solo castigar, sino reconocer el sufrimiento, reparar el daño y prevenir la repetición de atrocidades.

Fundamentos jurídicos y evolución institucional La creación de la Corte Penal Internacional (CPI) en 1998, mediante el Estatuto de Roma, marcó un hito en la lucha contra la impunidad. A diferencia de los tribunales ad hoc (como los de Ruanda o Yugoslavia), la CPI tiene carácter permanente y competencia universal sobre individuos, no Estados (Corte Penal Internacional, 1998).

Los elementos constitutivos de los crímenes internacionales están definidos con precisión en el Estatuto, lo que permite su aplicación en contextos diversos. Además, se reconoce el derecho de las víctimas a participar en el proceso y recibir reparación.

Retos políticos y operativos La CPI enfrenta desafíos como la falta de cooperación de algunos Estados, la selectividad en la apertura de casos y la presión política de potencias que no han ratificado el Estatuto. A pesar de ello, ha logrado avances significativos en la documentación de crímenes y la visibilización de víctimas.

En América Latina, el principio de complementariedad permite que los Estados asuman la responsabilidad de juzgar crímenes internacionales, fortaleciendo sus sistemas judiciales y evitando la impunidad.

Reflexión crítica La justicia penal internacional es una promesa de memoria y dignidad. Aunque imperfecta, representa un avance civilizatorio frente a la barbarie institucionalizada. Su existencia recuerda que ningún crimen debe quedar sin respuesta, y que la verdad importa.

Referencias (APA 7ª ed.):

  • Corte Penal Internacional. (1998). Estatuto de Roma. https://www.icc-cpi.int
  • Human Rights Watch. (2022). Desafíos de la justicia internacional. https://www.hrw.org
  • Naciones Unidas. (1948). Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. https://www.un.org/es/genocide

 


Publicación disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=tD20fgSbVMY








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